Respetar el descanso

Estimad@s compañer@s:
Durante esta semana, las personas de la plantilla que se encuentran en las oficinas de Cristalia, hemos sido apremiadas de forma insistente con molestias y requerimientos (*) por parte de la empresa mientras nos encontrábamos en el office durante nuestro momento de descanso.

Una persona del Dpto. Jurídico cuaderno en mano iba una por una preguntando por nuestro puesto de trabajo y, si éramos consultor/a anotaba nuestro nombre y el de nuestro responsable.
Al parecer a la empresa se le olvida que existe el derecho a un descanso considerado tiempo de trabajo efectivo. El momento de su disfrute y en qué se emplee el tiempo es decisión de cada una de nosotras, es decir, este se puede producir tanto a las 10:00 H. como a las 13:00 H. y puede emplearse tanto para un café como para unas lentejas. Así que todo el que quiera hacer uso del office para disfrutar de este descanso actúa de manera correcta.

Sugerir que hacer uso de este derecho puede suponer algún tipo de irregularidad respecto a la jornada intensiva podría considerarse un intento de coartar dicho derecho.

(*) Acosar (definición RAE): Apremiar de forma insistente a alguien con molestias o requerimientos.

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